Sindicato-de-Trabajadores-de-IBM

SNTI: Comunicado Asamblea 27-12-2017




Estimad@s Soci@s

Ayer miércoles 27-12-2017 a las 19:10 horas se desarrolló una Asamblea Extraordinaria, cuyo único tema a tratar fue señalado como “Pendiente de Contrato Colectivo”.

Cuando se convocó a esta asamblea no pudimos adelantar específicamente el tema, ya que necesitábamos hacerlo con una debida anticipación para asegurar vuestra asistencia, y adicionalmente no disponíamos de toda la información, pues nos encontrábamos en conversaciones con la empresa.

A la Asamblea realizada en la Sede del Sindicato de Trabajadores de Bata, a la que asistimos 35 socios y a través de Facebook Live se manifestaron otros 21 socios.

A pesar de haber advertido que “el tema a tratar es de vital relevancia para el fortalecimiento de nuestro Sindicato y beneficios para nuestros socios, por lo que vuestra asistencia es fundamental”, de una manera nos sorprende el poco interés de parte de los socios. Sólo nos queda concluir que quienes no asistieron, dejan en manos de los asistentes las resoluciones que puedan llevarse a cabo.

Ahora bien, vamos a lo informado y discutido en la asamblea.
El tema analizado corresponde a “Aplicación Automática de Beneficios a Nuevos Socios del Sindicato”.

Para esto la empresa nos ha hecho una propuesta y hemos trabajado en ella hace unas semanas, en grandes rasgos se propone que algunos beneficios de nuestro Contrato Colectivo fueran otorgados a los nuevos socios, siendo  estos:
·       Socios afiliados al Sindicato, en forma posterior al cierre del Proceso de Negociación Colectiva (14-07-2017).
·       Actuales empleados de IBM, que se incorporen al Sindicato.
·       Futuros empleados de IBM, que se incorporen al Sindicato.

El Sindicato y la empresa firmaríamos un Anexo de Contrato Colectivo, que regularía los beneficios que serían aplicados a los nuevos socios, dejando claridad sobre el qué, el cómo y el cuándo. Todo validado por nuestros asesores laborales y en ningún caso contraviniendo a nuestro Contrato 2017-2020.

Los beneficios serían sin efecto retroactivo, y se otorgarían al mes siguiente de que cada empleado acepte, a través de un anexo a su contrato individual, donde se señale que los beneficios se aplicarían y se mantendrían sólo mientras permanezca en el Sindicato. Es decir, si posteriormente renuncia al Sindicato, perderá los beneficios.

El primer efecto es que aquellos empleados que acepten, se sumarían al Sindicato, logrando un fortalecimiento de nuestra organización y por otro lado lograr uno de los puntos solicitados en nuestro petitorio inicial.

La asamblea realizada, acordó que los dirigentes siguiéramos avanzando en el tema, con la misión de clarificar algunos  términos.
Por otra parte dejamos en claro que está propuesta en nada afecta ni afectará a los socios que fuimos parte y beneficiarios del Proceso de Negociación Colectivo, firmado el 14-07-2017.

Además esta situación NO representa una extensión de beneficios, pues no se otorgaría a empleados NO sindicalizados, y tampoco les otorga la calidad de beneficiarios en plenitud respecto del Convenio Colectivo a los nuevos socios, ya que no formaron parte del proceso.

Sin embargo todos los nuevos socios al formar parte del Sindicato, en una futura Negociación serán partícipes plenos de dicho proceso.
Una vez concluidos las etapas de depuración final de la propuesta de la empresa, daremos a conocer el documento que estaríamos en condiciones de acordar con la empresa.

Finalmente, en reunión sostenida en forma posterior a la asamblea, la directiva ha decidido suspender la incorporación de nuevos socios hasta finalizar el proceso que estamos llevando a cabo.

Mantenemos el compromiso de informar a los socios conforme se vayan desarrollando los acontecimientos.


Atentamente
Directiva Sindical
Jueves 28 de diciembre de 2017


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